Repro – Programa de Recuperación Productiva II

El Gobierno Nacional lanzó el «Plan de Recuperación Productiva II» o más conocido como Repro II. Esta es una herramienta para mantener el empleo en sectores económicamente difíciles.

Los beneficios incluyen la distribución de montos personales y fijos, que se pagarán a los trabajadores con base en el salario responsable pagado al empleador del plan. Este es un programa gratuito y no requiere intermediarios ni gestores. Las empresas que tienen un cambio anual negativo o, para una empresa de reciente creación, una empresa que tiene un cambio mensual negativo pueden reclamar este beneficio.

La cantidad de asistencia varía según el departamento en el que la empresa realiza negocios:

  • Sectores no críticos: $ 9.000
  • Sectores críticos: $ 12.000
  • Sector salud: $ 18.000

Información necesaria a tener en cuenta Repro II

  • Tener los datos de los trabajadores actualizados en el sistema Simplificación Registral
  • Dentro del Sistema Registral verificar los CBU de las cuentas de los empleados.
Repro - Programa de Recuperación Productiva II

Requisitos

  • Contar con domicilio fiscal electrónico.
  • Rellenar el formulario web, un conjunto de indicadores financieros, económicos y patrimoniales.
  • Certificación Contable certificada por el Consejo de Ciencias Económicas (empleadores de 800 o más trabajadores).
  • Último balance del ejercicio exigible. Deberá ser certificado por el Colegio de Profesionales de Ciencias Económicas.

Exclusión del Programa REPRO II

  • Despido de personal por despido, sin causa justificada, falta o reducción de obra o fuerza mayor. (Artículos 245 y 247 de la LCT).
  • Suspensión por falta o reducción de obra o fuerza mayor. Salvo la suspensión formal de conformidad con el artículo 223 bis del artículo 20744 de la «Ley de Contrato de Trabajo».
  • El marco de despido prohibido por el Decreto No. 329/2020 y sus correspondientes ampliaciones y modificaciones, aun cuando estos despidos cumplan con todas las condiciones estipuladas en el procedimiento

¿Cómo tramitar el Repro 2 en 2021?

  • Debes iniciar el trámite en la página de la AFIP. Tienes que ingresar con clave fiscal al «servicio web REPRO II».
  • El empleador confirmará la información de la facturación interanual y deberá descargar la nómina con los trabajadores que podrán ser beneficiados. Acto seguido será redirigido al sitio web del MTEySS.
  • En la página web del MTEySS se les pedirá una serie de información que el empleador tendrá que rellenar. En caso de ser necesario, además adjuntará el último balance exigible certificado por el Colegio de Profesionales de Ciencias Económicas (sujetos obligados), así como la Declaración Jurada igualmente certificada (para empresas de 800 o más trabajadores).
  • Si debiera corregirse algunos de los datos, esto se notificará por ventanilla electrónica en un documento PDF genérico que contendrá todos los códigos de error y las instrucciones para volver a enviar la documentación.
  • El MTEySS informará a las empleadoras y los empleadores si han sido aceptados en el programa Programa a través de la ventanilla electrónica del sitio web de la AFIP.

¿Cómo comunicarse con el Programa de Recuperación Productiva II?

En caso de requerir información tenemos a nuestra disposición un teléfono 0800 222 2220 para comunicarnos con REPRO II.

También podemos realizar consultas y averiguaciones enviando un correo electrónico a [email protected]

Esperamos que la informacion brindada te haya sido de utilidad y te invitamos a compartir tus experiencias en la caja de comentarios.

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